El patrimonio vence a la ideología

 

El monolito de Sa Faixina de Palma se salva de la destrucción tras la sentencia del Tribunal de Justicia.

La Justicia ha atendido el recurso presentado por la asociación patrimonialista ARCA (Associació per a la Revitalización dels Centres Antics) y la Assocació de Veins y Amics de Santa Catalina, en contra de lo acordado por el Consell de Mallorca, el Ayuntamiento de Palma (ambos gobernados por el PSOE) y a Asociación por la Memoria Histórica de Mallorca. Una vez más la ideología y el patrimonio se enfrentan, pero en este caso se ha resuelto a favor del patrimonio histórico.

La historia comienza en 1938 con el hundimiento del crucero franquista “Baleares”, en el que murieron 786 marineros. Años después, en 1948 , las autoridades franquistas encargan al arquitecto Roca Simó un monumento que recuerde la tragedia, siendo financiado por suscripción popular. Ya en democracia, en 2010, la alcaldesa socialista de Palma retira los símbolos franquistas para resignificar el monumento y convertirlo en un monumento a las víctimas de la guerra civil, una iniciativa que contó con el apoyo de todos los partidos políticos y de la inmensa mayoría de la ciudadanía. Sin embargo, la llegada de Podemos al Ayuntamiento rompió espíritu de concordia y exigió la demolición del obelisco de Sa Feixina.

Una encuesta señaló entonces que un 85 por ciento de los ciudadanos estaba contra la decisión de demoler el monumento. Entre ellos estaban la asociación de vecinos de Santa Catalina y la Plataforma Salvem Sa Feixina, con una veintena de colectivos, entre ellos varios patrimonialistas como ARCA. La estrategia ciudadana fue luchar por la declaración del obelisco como Bien catalogado del Patrimonio de las Islas Baleares “por sus innegables valores arquitectónico, histórico y artístico”, y por constituir un bien ciudadano al que se había “exorcitado” su carácter franquista, señalando además el innecesario coste económico que supondría este derribo. El historiador Juan Pablo Fusi emitió un informe acerca de los valores históricos del hecho que se conmemoraba, al igual que ICOMOS y también la Real Academia de Bellas de San Fernando, que se mostró favorable a la protección.

Pero la protección se encontraría en los Juzgados. En la sentencia, a la que ha tenido acceso Amigos de la Alcazaba, se indica que, aún despojado (el monolito) de los elementos exaltadores del franquismo, las posiciones enfrentadas nada tienen que ver con los valores patrimoniales, que son los que deben primar, y recuerda el artículo 46 de la Constitución de 1978 y la obligación de los poderes públicos de conservar y enriquecer el patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España.

Así, la sentencia de Sa Feixina supone una victoria del patrimonio frente a los que lo utilizan como elemento de enfrentamiento ciudadano

 

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